- La Audiencia Provincial de Málaga reconoce la validez del correo electrónico en las ofertas vinculantes cuando ha sido el canal habitual entre las partes, reforzando el principio de tutela judicial efectiva
La evolución del derecho procesal en España ha experimentado un notable impulso hacia la promoción de los medios adecuados de solución de conflictos (en adelante, MASC) como una vía para aliviar la carga de los tribunales y fomentar soluciones consensuadas entre las partes. En este contexto, el auto de la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 6ª) 388/2025, de 23 de julio, aborda una cuestión de singular trascendencia: la validez del correo electrónico como medio para cumplir con el requisito de procedibilidad establecido por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
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